Formación en higiene alimentaria también en verano

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Con la llegada del verano y las ansiadas vacaciones, el sector de la hostelería empieza a incorporar nuevo personal para hacer frente a la etapa de mayor actividad del año. La mayoría de estas contrataciones se hacen para afrontar esta punta de trabajo y en muchas ocasiones lo que se busca es incorporar más manos para ayudar a sacar el trabajo sin tener en cuenta algo que las empresas si tienen en cuenta durante el resto del año; la formación adecuada del personal. A lo anterior deberíamos sumar que el verano no es posiblemente la mejor estación del año, en materia de seguridad alimentaria, por las temperaturas que se llegan a alcanzar.

 

¿Cómo está actualmente la regulación sobre manipulador de alimentos?

Según el Reglamento (CE) 852/2004, relativo a la higiene de los productos alimentarios, es responsabilidad de las empresas del sector alimentario garantizar que su personal dispone de una formación actualizada y adecuada a su puesto de trabajo. Por ello, en cada una de las empresas alimentarias debería existir la figura del responsable de formación que puede, o bien impartir la formación en relación a la manipulación correcta de alimentos y sistemas de control de calidad, siempre que esté capacitado, o bien, puede subcontratar a una empresa especializada para realizar esta importante labor formativa.

 

¿Quién debe realizar este curso?

Todos los trabajadores nuevos que se incorporen a la plantilla de una empresa del sector alimentario. Ya que, aunque dispusieran del certificado (de su empresa anterior) la formación debe ser personalizada a cada tipo de empresa, sector, metodología y puesto de trabajo.

Trabajadores, que aunque lleven años en un mismo puesto de trabajo, deben ser formados por su empresa de manera continuada y periódica. Es la propia empresa la que debe establecer la periodicidad. Con independencia de la periodicidad establecida, también se puede programar una formación si se detecta el incumplimiento de alguna medida o manipulación, con la finalidad de corregirlo.

Siempre que se produzca un cambio legislativo en este sector, como sucedió, por ejemplo, en el año 2011 con la entrada en vigor de la legislación en materia de alérgenos alimentarios, R.D. 1169/2011.

Cuando las empresas alimentarias realicen cambios tecnológicos, estructurales o de producción que exijan una correcta instrucción de sus trabajadores adaptada a los cambios derivados en su puesto de trabajo.

– Todas las empresas deben contar con un programa de formación (de hecho es prerrequisito del programa de autocontrol, APPCC) en el que se establecerán las actividades formativas previstas, los contenidos a desarrollar, la frecuencia prevista y los requisitos de formación o instrucción para la incorporación de un nuevo manipulador a la empresa alimentaria o para un cambio en el puesto de trabajo.

 

¿Cuáles son las consecuencias de una mala manipulación?

Todos los veranos tenemos noticias sobre intoxicaciones alimentarias. Como ya comentamos en nuestro artículo «el podium de las intoxicaciones alimentarias» las tres principales intoxicaciones alimentarias (salmonella, listeria y staphilococos) se pueden combatir eficazmente con una adecuada formación en manipulación de alimentos.

A la hora de llevar a cabo las incorporaciones para el período estival, las empresas deberían reflexionar sobre la importancia de formar adecuadamente a su personal eventual y de no frustar en esta época el buen trabajo que realizan durante el resto del año.

Esperamos que os haya gustado nuestro artículo, estamos a vuestra disposición si teneis cualquier duda o sugerencia y también os podemos ayudar en el caso de que precisarais realizar un curso de manipulador de alimentos o de higiene alimentaria.

 

Bibliografía
http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/docs/documentos/seguridad_alimentaria/interpretaciones/biologicas/Doc_criterios_minimos_manipuladores_DEFINITIVO.pdf

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Publicado el 21 mayo 2019 en Aizea, Seguridad alimentaria

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