El gobierno aprueba nuevas sustancias para la fabricación de complementos alimenticios

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El pasado mes de marzo el Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto 130/2018, de 16 de marzo, que modifica el Real Decreto 1487/2009, de 26 de septiembre, relativo a los complementos alimenticios, por el que el que se regulan las sustancias distintas de vitaminas y minerales que pueden contener los complementos alimenticios.

Este Real Decreto establece un listado de cuáles son estas “otras sustancias” que pueden contener, con todas las garantías para la salud de los consumidores, al tiempo que se mejora la competitividad de las empresas alimentarias de nuestro país en el mercado comunitario.

 

¿Quién apruebas estas sustancias?

 

Para la elaboración de esta lista, se han tenido en cuenta los informes del Comité Científico de la Alimentación Humana y de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), así como las evaluaciones de seguridad llevadas a cabo por otros organismos internacionales de reconocida solvencia científica. Adicionalmente, se ha llevado a cabo una evaluación de seguridad por parte del Comité Científico de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN), que ha establecido las recomendaciones de dosis diarias máximas y en algunos casos, advertencias dirigidas al consumidor final con el fin de que se consuman de manera segura y que se han plasmado en el proyecto de real decreto.

 

 

La lista de las “otras sustancias”

 

A las vitaminas y minerales aprobados para la elaboración de complementos alimenticios en España se suman ácidos grasos, aminoácidos, péptidos (glutation, lactoferrina), Coenzima Q10, flavonoides y carotenoides (luteína, zeaxantina, quercetina, rutina…), nucleótidos, polisacáridos y oligosacáridos (inulina, FOS…) y otras sustancias que aunque tradicionalmente se consideraban “dietéticos” se habían quedado fuera por no ajustarse a la definición de alimento dietético de la Unión Europea y que ahora, se suman a la lista de ingredientes aprobados. Entre estas sustancias de reciente incorporación encontramos los “productos de la colmena” como el polen, la jalea real y el propoleo. Pero también el germen de trigo, la levadura de cerveza o la lecitina de soja.

Se suman además algunas sustancias muy “de moda” en los complementos alimenticios orientados a apoyar la salud de las articulaciones como la glucosamina o la condroitina pero la AECOSAN establece dosis máximas de 500 mg de ambas por lo que las empresas del sector deberán adaptarse al nuevo Real Decreto aprobado este 2018.

Anteriormente, en el mercado español sí podíamos encontrar este tipo de ingredientes formando parte de los complementos alimenticios comercializados por el acuerdo de reconocimiento mutuo entre los Estados miembro de la Unión Europea (UE). Es decir, que si habían sido aprobados y comercializados en otro país de la UE se podían poner a la venta en el mercado español pero ahora, nuestra propia legislación aprueba algunos de ellos, al haberse comprobado seguridad para la salud de los consumidores.

 

 

Conclusión

 

Este proyecto persigue, por tanto, permitir el empleo de ingredientes distintos de vitaminas y minerales, en la elaboración de los productos contemplados en el Real Decreto 1487/2009, siempre que exista evidencia científica suficiente que avale la seguridad de los complementos alimenticios que incluyan estas sustancias entre sus ingredientes, con el fin de facilitar la labor tanto a las autoridades de control oficial como a las empresas del sector de los complementos alimenticios y sobre todo con un objetivo principal, la protección de la salud de los consumidores.

 

http://www.aecosan.msssi.gob.es/AECOSAN/web/noticias_y_actualizaciones/noticias/2018/RD_complementos_alimenticios.htm
https://www.boe.es/boe/dias/2018/03/27/pdfs/BOE-A-2018-4245.pdf

Publicado el 10 abril 2018 en Aizea, complementos alimenticios

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