¿Quién decide los que comen nuestros hijos en el comedor escolar?

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Cada cierto tiempo, por ejemplo cada dos o cuatro años, salen a concurso público los servicios de comedor y actividades complementarias de los centros de enseñanza no universitarios públicos y varias empresas del sector de la restauración colectiva se presentan con el objetivo de ganar la posibilidad de dar de comer a nuestros hijos. Una gran responsabilidad.
Para poder presentarse a dicho concurso público las empresas de catering y restauración colectiva deben cumplir una serie de requisitos administrativos y de requisitos técnicos que las autoridades de cada Comunidad Autónoma e incluso de cada Ayuntamiento definen en varios documentos, que reciben en nombre de “pliegos”.

 

Pliegos técnicos para el suministro de menús escolares

 
Los pliegos técnicos, desarrollados por cada Comunidad, tienen como objetivo definir las características necesarias para homologar los requisitos básicos y de calidad para el suministro de menús escolares en los centros docentes públicos y al mismo tiempo las actividades complementarias inherentes al menú. Dicho de otra forma, en estos pliegos se describen las características mínimas que debe cumplir el menú de los escolares desde el punto de vista de la calidad nutricional, organoléptica e higiénico-sanitaria. Así, aunque puede haber ligeras variaciones de unas Comunidades Autónomas a otras, en líneas generales las empresas que se presentan a este tipo de concursos públicos deben encargarse de las siguientes actuaciones:

  • Programación de los menús, de manera semanal, quincenal o mensual. Cálculo de las necesidades nutricionales y aplicación de los criterios de variedad y frecuencia de consumo en relación a los distintos grupos de alimentos y las distintas técnicas culinarias aplicadas. En esta importante labor es más que recomendable que un dietista-nutricionista supervise los menús y los adapte a las necesidades de cada cliente, incluidas las dietas especiales (por motivos de religión, alergia, intolerancia, prescripción médica…)
  • Elaboración de dichos menús programados y su distribución. Esta elaboración puede realizarse en el propio centro (cocina» in situ«) o bien en cocinas centrales y trasladarlo a posteriori al centro educativo.
  • Atención, apoyo y vigilancia de los alumnos usuarios del servicio de comedor al tiempo que se inculcan buenos hábitos de higiene y alimentación a la hora de comer y se fomentan valores como la convivencia, la solidaridad y el respeto.
  • Limpieza y desinfección de las instalaciones así como del material de cocina y de comedor.
  • Realización de los controles de calidad pertinentes, tanto a nivel dietético como a nivel bacteriológico para asegurar la calidad nutricional e higiénico sanitaria de los menús servidos en el comedor escolar.

Finalmente…las empresas que resulten adjudicatarias, deberán presentar a la dirección del centro escolar así como al consejo escolar la programación de los menús diseñados para su aprobación siempre que se ajusten a la composición, equilibrio nutricional, variedad y calidad descritos en cada uno de los pliegos técnicos y por tanto, que aseguren que la toma de medio día constituye una comida completa y equilibrada que vele por la salud de los niños y adolescentes.

 

 

http://www.madrid.org/contratos-publicos/1354190973675/1109266750213/1354190983114.pdf

Publicado el 27 marzo 2017 en Aizea, Alimentación saludable, Menú escolar, Pliegos técnicos

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