El Reglamento (UE) nº 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, incluye dentro de su contenido, la obligatoriedad de reflejar en el etiquetado la información nutricional para la mayoría de los alimentos transformados.
Los nutrientes a declarar de forma obligatoria son: el valor energético (en kcalorías y kjulios), las grasas totales y las grasas saturadas (en gramos), los hidratos de carbono y los azúcares (en gramos), las proteínas (en gramos) y la sal (en gramos).
Esta información nutricional también puede completarse con la indicación de la cantidad de una o varias de los siguientes nutrientes: ácidos grasos monoinsaturados, ácidos grasos poliinsaturados, polialcoholes, almidón, fibra alimentaria, vitaminas y minerales.
Para realizar esta valoración nutricional el fabricante puede optar por dos sistemas:
– Análisis nutricional en un laboratorio: mediante técnicas específicas de análisis de alimentos, los laboratorios especializados llevan a cabo los cálculos “exactos” de estos valores.
– Cálculo de valores nutricionales: con la ayuda de la información detallada de los componentes del producto/receta y personal cualificado (Dietista-Nutricionista) se realiza el cálculo mediante tablas de composición de alimentos.
Esta última opción de valoración es más competitiva desde un punto de vista económico que el análisis nutricional.
– La valoración nutricional es realizada por personal cualificado (Dietista-Nutricionista).
– Personal con años de experiencia, que entiende la naturaleza del producto que se está valorando y que puede detectar desviaciones en la información.
– Contamos para el cálculo con una gran base de datos de alimentos españoles fruto de toda nuestra trayectoria profesional y avalada por organismos científicos.
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