Registro Sanitario para empresas alimentarias

Registro General Sanitario para Empresas Alimentarias (RGSEAA)

¿Qué es el Registro Sanitario?

El Registro Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, regulado por el Real Decreto 191/2011, tiene como finalidad la protección de la salud de los consumidores. La obligatoriedad de su inscripción para las empresas alimentarias facilita que la Autoridad Sanitaria realice un control sobre las mismas.

El RGSEAA es un registro de ámbito estatal, aunque la tramitación de las altas, modificaciones y bajas se realiza ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas.

Es importante tener en cuenta que la inscripción en el Registro no sustituye las demás obligaciones de la empresa en materia de legislación y seguridad alimentaria. El operador sigue siendo responsable del cumplimiento de los requisitos que resulten aplicables a su actividad.

Si vas a iniciar una actividad alimentaria, modificar la que ya desarrollas o necesitas regularizar la situación sanitaria de tu empresa, es importante determinar qué registro o autorización corresponde en cada caso.

¿Quién está obligado a tener un registro sanitario?

Deberán inscribirse en el Registro Sanitario aquellas empresas alimentarias:

a) Cuyo establecimiento o empresa alimentaria esté ubicada en territorio español. Si la empresa no tiene establecimiento, siempre que su razón social se ubique en España.

b) Que la actividad de la empresa tenga por objeto:
– Alimentos o productos alimenticios destinados al consumo humano.
– Materiales y objetos destinados a estar en contacto con alimentos.
– Coadyuvantes tecnológicos utilizados para la elaboración de alimentos.

c) Que su actividad pueda clasificarse en alguna de las siguientes categorías:
– Producción, transformación, elaboración y/o envasado.
– Almacenamiento y/o distribución y/o transporte.
– Importación de productos procedentes de países no pertenecientes a la Unión Europea.

Quedan excluidos de la obligación de inscripción en el Registro aquellos empresas que manipulen, transformen, envasen, almacenen o sirvan alimentos para su venta o entrega in situ al consumidor final. Estos establecimientos deberán inscribirse en los registros autonómicos establecidos al efecto, previa comunicación del operador de la empresa alimentaria a las autoridades competentes en razón del lugar de ubicación del establecimiento.

¿Necesitas tramitar un registro sanitario?

El Registro Sanitario puede ser necesario tanto al iniciar una nueva empresa alimentaria como cuando se producen cambios importantes en una actividad ya existente.

Entre otras situaciones, conviene revisar la situación del registro sanitario cuando una empresa va a:

a) iniciar una nueva actividad o ampliar las que ya tiene registradas;

b) cambiar de instalaciones;

c) modificar datos relevantes de un establecimiento;

d) regularizar su situación ante la autoridad sanitaria.

No todas las actividades alimentarias están sometidas al mismo procedimiento. El tipo de establecimiento, los alimentos con los que trabaja la empresa y las actividades que realiza determinan qué registro, comunicación o autorización corresponde.

Por eso, antes de iniciar la tramitación, es conveniente definir correctamente la actividad de la empresa y sus obligaciones sanitarias.

¿Cómo te ayuda Aizea?

La tramitación del Registro Sanitario no consiste únicamente en cumplimentar un formulario. La actividad debe estar correctamente definida y la documentación presentada tiene que ser coherente con el funcionamiento real de la empresa.

En Aizea podemos ayudarte con:

  • Análisis de la actividad, para determinar qué obligación registral corresponde.
  • Definición del trámite y de las actividades que deben declararse.
  • Preparación de la documentación técnica necesaria.
  • Elaboración o adaptación del sistema de autocontrol y APPCC, según proceda.
  • Presentación de la tramitación ante la Administración competente.
  • Seguimiento de la tramitación y respuesta a requerimientos administrativos

Abordamos el Registro Sanitario como parte del cumplimiento global de la empresa en materia de seguridad alimentaria, de forma que el trámite sea coherente con aspectos como el APPCC, la trazabilidad, la gestión de alérgenos o los procedimientos de higiene que puedan resultar aplicables.

¿Por qué Aizea?

Aizea trabaja desde 2005 asesorando a empresas, especialmente del sector alimentario, en el cumplimiento de sus requisitos técnicos y sanitarios.

Nuestra especialización en seguridad alimentaria nos permite abordar el Registro Sanitario de forma integrada con el APPCC y con las demás obligaciones que afectan a la actividad de la empresa.

Concebimos este servicio no como una simple presentación de una solicitud, sino que la misma sea coherente con el funcionamiento real de la empresa y con sus obligaciones de seguridad alimentaria.

Preguntas frecuentes sobre el registro sanitario

¿Todas las empresas alimentarias necesitan inscribirse en el RGSEAA?

No. Depende del tipo de establecimiento y de la actividad desarrollada. Algunos establecimientos de comercio minorista se inscriben en registros autonómicos.

 

¿El Registro Sanitario corresponde a cada producto?

El RGSEAA identifica empresas, establecimientos y actividades. Determinados tipos de productos (como los complementos alimenticios) pueden estar sometidos a otros procedimientos específicos.

 

¿Qué tipos de solicitud hay dentro del Registro Sanitario?

A la hora de solicitar el registro sanitario de alimentos podemos distinguir dos tipos de solicitud:

1. Comunicación previa: Aquellos que comercializan productos de origen no animal o que, comercializan productos de origen animal pero no tienen establecimiento. La presentación de una comunicación previa es condición única y suficiente para que se tramite su inscripción en el registro.

2. Autorización sanitaria de funcionamiento: Aquellos que presentan su solicitud de inscripción pero necesitan ser autorizados mediante un control previo a su inscripción en el registro. Son todos aquellos que comercializan productos de origen animal y disponen de establecimiento.

Una vez que se lleva a cabo la tramitación, se obtiene el número de registro sanitario que identifica a la empresa y la actividad ante la Autoridad Sanitaria.

 

¿Puedo modificar un Registro Sanitario que ya tengo?

Sí. Los cambios relevantes en las actividades, instalaciones o datos de la empresa pueden requerir una modificación de la inscripción existente.

 

Tramitación del registro sanitario con Aizea

  • Realizamos la tramitación del Registro Sanitario para las empresas de alimentación, desde la elaboración de la memoria técnica, implantación del plan de autocontrol y la presentación telemática.

    – Aizea Consultoría en Nutrición y Salud –
  • Te acompañamos durante toda la tramitación, resolviendo dudas y facilitando la gestión del procedimiento.

    – Aizea Consultoría en Nutrición y Salud –

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